¿Quieres venir a España para estudiar, pero no sabes como hacerlo? ¿no sabes donde solicitar el permiso de residencia?
Bien, paso por paso. La autorización de estancia por estudios se puede solicitar de dos formas:
- desde el país de origen desde la Embajada donde vives, o
- desde España
OJO!!!! para solicitar la autorización de estancia por estudios desde España tienes que encontrarte en España en situación regular y con más de un mes de antelación a la finalización de la estancia. Es decir, puedes venir a España como turista y solicitar una autorización de estancia por estudios siempre y cuando te quede un mes de antelación a la finalización de tu estancia como turista.
Requisitos
- no ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen comunitario,
- no tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen
- tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia
- Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- En el supuesto de estudiantes menores de edad que no vengan acompañados de sus padres o tutores, autorización de éstos, con constancia del centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto
- Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
En el caso de que la duración de la estancia supere los seis meses, se requerirá además:
- Cuando se trate de mayores de edad penal, carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Deberás aportar la documentación siguiente:
- Impreso de solicitud de visado nacional, en modelo oficial, por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero o su representante legal en caso de ser menor de edad.
- Pasaporte completo y en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, con vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia.
- Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia.
- En el supuesto de estudiantes menores de edad, autorización de padres o tutores en la que conste el centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto
- Documentación acreditativa de disponer de seguro médico.
- Documentación acreditativa de estar admitido en un centro de enseñanza.
Si la duración de la estancia supera los seis meses:
- Certificado médico
- Si es mayor de edad penal, certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país en que haya residido durante los últimos cinco años.
Si aún tienes dudas o no sabes como tramitar autorización de estancia por estudios ponte en contacto conmigo.
Hasta la próxima, Elena
