Recuperación de la autorización de residencia de larga duración

¿Qué es la residencia de larga duración?

La residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles. Muchas veces, por una u otra razón, los clientes no la renuevan y luego preguntan: ¿se puede recuperar la residencia de larga duración?

Pues la respuesta es sí. Se puede recuperar la residencia de larga duración en los siguientes casos:

  • Cuando la autorización de residencia de larga duración se hubiera extinguido por la ausencia del territorio de la Unión Europea durante 12 meses consecutivos.
  • En el caso de que la autorización de residencia de larga duración se hubiera extinguido por la adquisición de la residencia de larga duración UE en otro Estado miembro.
  • Cuando el extranjero residente de larga duración regrese a España finalizado el periodo de su compromiso de no retorno.

Requisitos para recuperar la residencia de larga duración:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de los países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse irregularmente en territorio español. Además, tengo que mencionar la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 2ª) de 24 de julio de 2017 que dice: “De esta regulación se desprende que en el caso de que la solicitud se presente dentro de España, el interesado debe acreditar haber entrado en España cumpliendo los requisitos que para dicha entrada se contienen en los artículos 4 a 14 del mismo Reglamento. Pues bien y como concluye la sentencia apelada, el recurrente no ha acreditado haber entrado en España de forma regular”, así que ¡¡¡¡¡ojo!!!! ademas tienes que entrar en España de forma regular si o si, de lo contrario te la denegarán.
  • Haber sido titular de autorización de residencia de larga duración.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

¿Dónde se puede presentar la solicitud de recuperación de la residencia de larga duración?

La solicitud se puede presentar ante la propia Oficina de Extranjería o ante la Misión diplomática u Oficina consular española en cuya demarcación resida.

En caso de presentación dentro de España, y a los efectos de la entrada en territorio español, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 4 a 14 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Por lo tanto, ¡¡¡¡¡ojo!!!! si has decidido recuperar la titularidad de la autorización de residencia de larga duración tienes que tener claro que si presentas la solicitud de renovación de la residencia de larga duración en la Misión diplomática u Oficina consular española en cuya demarcación residas no hay ningún plazo. Es decir, puedes hacerlo en cualquier momento.

Por el contrario, si presentas la solicitud en la Oficina de Extranjería en España tienes que hacerlo dentro del periodo de tu estancia legal, de lo contrario te lo denegarán.

Si aún tienes dudas o quieres empezar a tramitar la recuperación de la residencia de larga duración puedes ponerte en contacto con la abogada Elena Bastrykina.

Hasta la próxima.

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